ANEXO ÚNICO DE LA RESOLUCIÓN No. /2026

ESTATUTOS DE LA RED DE GRADUADOS INTERNACIONALES DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR CUBANA

PRIMERO: Definición y Principios

La Red de Graduados Internacionales de la Educación Superior Cubana (La RED), es una asociación de profesionales graduados en Cuba, y además, una expresión de la diplomacia académica, científica y solidaria que se sustenta en los siguientes principios:

  • a) La educación como un bien público y social, un derecho humano universal.
  • b) Promoción de la Ciencia y la Cultura.
  • c) Solidaridad y Cooperación Internacional.
  • d) Defensa de la Soberanía y la Autodeterminación de los pueblos.
  • e) Promoción de la Paz y la Justicia Social.
  • f) Unidad e Integración.

SEGUNDO: Ámbito y Sede

La RED tiene ámbito internacional; su sede central está en la Dirección de Relaciones Internacionales del Ministerio de Educación Superior de la República de Cuba y las subsedes en las universidades cubanas de donde son egresados los miembros de la RED.

El directivo de la Dirección de Relaciones Internacionales encargado de la atención a los graduados internacionales será el Secretario Ejecutivo de la RED del MES.

TERCERO: Funciones

La RED tiene las funciones siguientes:

  • a) Desarrollar alianzas académicas, científicas, tecnológicas y culturales en beneficio del desarrollo de los pueblos.
  • b) Identificar las principales temáticas para el trabajo de la RED.
  • c) Elaborar e implementar una agenda estratégica para el desarrollo de acciones conjuntas que favorezcan la interrelación entre los miembros de la RED.
  • d) Identificar y promover proyectos internacionales de I+D+i para el desarrollo de los objetivos estratégicos de interés común.
  • e) Promover los programas de formación de pregrado y postgrado.
  • f) Dar visibilidad a la RED en el Observatorio de Internacionalización de la Educación Superior Cubana y en otros sitios Web, para promover información y su divulgación en el mundo.
  • g) Realizar actividades relacionadas con las anteriores, de interés para sus miembros, tales como la creación conjunta de publicaciones, participación en conferencias, ferias, congresos, entre otras.

CUARTO: Integración (Membresía)

1. Miembros Plenos:

Profesionales internacionales que hayan egresado de instituciones de educación superior de Cuba, por las diferentes modalidades de ingreso (becas del gobierno de Cuba, autofinanciados o financiados por su Gobierno), en programas de pregrado, posgrado, doctorados y pasantías.

2. Miembros Asociados:

Estudiantes internacionales actuales de pregrado, posgrado, doctorados y pasantías, en instituciones la educación superior cubana.

3. Miembros Honoríficos:

Personalidades con una contribución relevante a la internacionalización de la educación superior cubana y su desarrollo, a su proceso de formación de profesionales integrales y competentes, promotoras de valores sociales, defensoras de la soberanía y justicia social y con un reconocido prestigio.

QUINTO: Derechos

Constituyen derechos de los miembros de la RED los siguientes:

  • a) Designar un coordinador de los graduados de su país ante la RED, lo cual informará oficialmente, mediante una carta dirigida a la Secretaría Ejecutiva.
  • b) Participar a través de su representante en las reuniones de coordinación de la RED.
  • c) Participar en todas las actividades que se realizan en el ámbito de la RED.

SEXTO: Procedimiento de Admisión

  • a) Registro a través del sitio web de la RED y la universidad de donde es egresado, valida su incorporación.
  • b) Posteriormente la coordinación de la RED de la universidad, le notifica al egresado la aceptación o no, e informa a la coordinación de la RED del MES.
  • c) Una vez que el solicitante recibe la aceptación a la RED, se considera oficialmente miembro de la misma.
  • d) De igual manera se procede para la atención de solicitudes para miembros asociados.
  • e) Para elegir Miembro Honorífico, las propuestas de personalidades, se presentarán con un aval donde se expongan los méritos que hagan acreedor de esta condición a la personalidad propuesta, la cual se evalúa y aprueba por la coordinación de la RED y la decisión final se presenta a sus miembros.

SÉPTIMO: Duración

La membresía en la RED tiene una duración indeterminada, salvo la declaración contraria por parte del interesado, que debe manifestarlo ante la institución de la cual es egresado.

OCTAVO: Suspensión de Membresía

De existir incumplimiento en los objetivos que afecte el funcionamiento de la RED o por hechos considerados graves y contrarios a los principios mencionados en estos estatutos, por parte de uno de los miembros, su afiliación podrá ser suspendida, previo análisis por parte de la Secretaría Ejecutiva de la RED de las causales que dan origen a los hechos.